viernes, 30 de abril de 2010

Obligaciones Unidad VI "La Causa"



UNIDAD VI


-LOS ELEMENTOS DE LA OBLIGACIÓN (CONTINUACIÓN


1 - La Causa


  PARA EL Eminente Jurisconsultos contemporáneo, Miguel Ángel Pangrazio, LA CAUSA, Como Elemento Esencial de la Obligación, consiste en El Motivo o la razón la piernaíFátima Que según La naturaleza del OTCA PUEDE presumirse Que ha Determinado A Las contradictorio una celebrarlo. En Una Donación LA CAUSA serviciosía EL propósito del donante al donatario de beneficiar.


Según la doctrina moderna, es causa y Inmediato El fin determinante Que Han tenido en mira Las contratar un contradictorio al, es la razón Directa y CONCRETA de la celebración del acto, y precisamente Por ola resalta párr la contraparte, Que No PUEDE ignorarla.



En Los CONTRATOS onerosos, la causa CADA UNO párrafo de los servicios contratantesá la contraprestación del Otro, Integradas Todos por Los Que Han Sido Elementos Determinantes del Consentimiento. En Los Actos gratuitos, la causa serviciosá El propósito de beneficiar un amigo Una o Pariente, un contexto ALGUIEN Quien sí mantiene Una Deuda de Gratitud, o bien El Deseo de CREAR Una institución benéfica o de Ayudar A Las existentes.


La causa de la obligacióy n la causa del Contrato.


La causa de la Obligación está En El Fundamento jurídico de la Existencia del vínculo Obligatorio. Ese sí encuentra Fundamento En Un Hecho Que qu Yes Sí Por Elé del surgimiento de la obligación. Él servicio de las Naciones Unidas PUEDE Contrato, sin la OTCA jurídico, Hecho incluso sin ilícito, Pero debe existir.


La Causa En El Contrato es Diferente. Se la menciona de Cuando No Se Trata de averiguar qu Poré razón está Obligado El deudor, sino qu Poré ha Consentido en obligarse.


CADA Elemento El Contrato, Como la palabra capacidad, Consentimiento, Objeto, causa; RESPONDE una Orden sin preocupaciones de Diferente.


La Capacidad: podíEl contratante una Celebrar El Contrato?


El Consentimiento: ha querido El contratante?


El Objeto: qué ha querido?


La causa: Por qué ha querido?


La causa de la obligacióy n la causa del Contrato


De Cuando Hablamos de causa del Contrato, de no se Tiene en Cuenta la causa en Sentido de la Fuente de la obligación contractual, sino qu Por Elé Consentimiento del Prestado, La Razónón Por La Que personaje ha asumido Una Compromiso de las Naciones Unidas. Ella como RESPONDEí A la céLebre cuestión "Por qué sí debe?".


Considerada of this Manera, la causa es sicol Elemento de la ONUógico Que Se sienteúuna en El Futuro.



La causa de las obligaciones nacidas de la voluntad "


Con relación al Elemento volitivo Que Lleva un Los Sujetos a Celebrar sin OTCA juríVocabulario En El Que Se géneros Una obligación, nos remitimos una lo establecido en el art. 277 del CóQue digo Civil establece presupuestos de Los Que Tiene Que REUNIR voluntad "de los contratantes y Derechos de Los La Que pueden adquirirse, modificarse o extinguirse.


Con De ESTO Podemos colegir Que arreglo del art. 715 Del mismo Cuerpo, Las contradictorios pueden obligarse Libremente SUS Y CONVENCIONES hijo ejecutables coactivamente. La causa, o El fin Que Se persigue en Los Actos jurídicos entonces es Absolutamente libre, Las Limitaciones Con establecidas en la Ley.


4 - La Teoríuna clásica de la causa:


4,1 Domat: Este es El Primer autor del Derecho Francés Que ha Presentado Una exposición sistemática de la Teoríuno de la causa y Por Que this razón, aunque Equivocadamente, ha Sido considerado Como El productor ejecutivo de la noción. Expone Lo Que PUEDE denominarse la Teoríuna clásica de la causa.


Los CONTRATOS distingué sinalagmáticos, CONTRATOS Los Reales y Los CONTRATOS unilaterales enítulo Gratuito.


En Los Primeros, la causa de la obligación de UNO de los contratantes está En El Compromiso del Otro, en Los Segundos, es la prestación efectuada La Que funda la obligación; Por último, en Los Terceros, la causa reside en la intención liberal.


4,2 Pothier: Este autor, no hace máLas s Que reiterar enseñanzas de Domat en Obra Su "Tratado de las Obligaciones"


5 - El Código de Napoleón.


Redactores Los del Código de Napoleón en m Hacen Realidad noás Que Reproducir la Teoríuna clásica En El enunciado de Domat y Que llegó un OEN díPrincipalmente como una través de las Obras de Pothier.


La única incorporación Que Hacen Los redactores del Código de Napoleón una cadera LasóTesis de Ausencia y falsedad de la causa, y de la ilicitud de inmoralidad del fin perseguido, Que Pero parece indudable ELLOS no entienden Modificar la posición de los Juristas de los Siglos XVII y XVIII.


6 - El anticausalismo.


6,1 Ernst y Laurent: La Teoríuno del anticausalismo desarrollada FUE DESDE 1826 Por El profesor de la Universidad de Lieja (Bélgica) Ernst, máTarde s Por Laurent.


La Teoríuno de la causa sufrió Ataques de duros a instancia de parte de los máJuristas Ilustres s, un arte Partir de las Naciones Unidasículo Publicado en BéPor lgica Ernst. Planiol impugnar laó Falsa Por correo enútil. Falsa Es, sostiene, UNAN Porque existe imposibilidad lógica De Que en sinalagm Contrato de las Naciones Unidasático, UNA obligación mar la causa de la obligación de la contraparte. Las dos Nacen Mismo Tiempo al. Ahora bien: no es Posible Efecto de las Naciones Unidas y Su causa Que Sean exactamente contemporáneos; El fenómeno de la causa Mutua es incomprensible. Es enútil, Porque this noción de Con causa en sí confunde la del Objeto; y fundamentalmente, Porque la causa ilíCITA servicios no parece Otra Cosa sinografías El Objeto ilícito. (Guillermo Borda)


En El Contrato real unilaterales Lo Que sí denominador causa es, en rigor, Una condición general de la formación del Contrato.


En Cuanto al Contrato Gratuito, Haciendo de la causa intención liberal, Ella Se confunde Consentimiento CON EL.


7 - El neocausalismo.


El aumento neocausalismo en Francia Como una reacción uno de Los Excesos del anticausalismo. Se replantea Nuevos Criterios Con Las Teorícomo de Domat y Pothier.


 7,1 Capitant: Sostiene Que La noción de causa en sí Vuelve de Naturaleza esencialmente sicológica y al Mismo Tiempo Absolutamente indispensable una la Validez de la obligación contractual. La causa es El fin perseguido Que Las contradictorio Buscan En Un Determinado OTCA jurídico. Es La voluntad de los contratantes La Que constituye la clave Gracias a la Cual PUEDE explicarse El mecanismo de la obligación.


 7,2 Josserand: Ha proseguido Con El Estudio del tema En Su Obra Les móViles dans les actes juridique. París. 1928.



8 - La Causa En El Código Civil.


 Para Silva Alonso, El Código alude una causa en la el art. 417 del Código Civil, otorgando una noci laón Como Fuente de Las obligaciones y estableciendo Que Ellas Derivan de Alguna de las Fuentes de la Ley. En Cuanto A la causa del Objective Como OTCA o de la obligación en Contrato de las Naciones Unidas, es innegable Queda incorporada al Código, aunque claramente de no se utilice La Voz causa.


Sin embargo, el párrafo de El Prof. Miguel Angel Pangrazio, El Código adoptaró la Corriente anticausalista, Por las innumerables Dificultades Que ha traíhacer aparejado El Elemento de causalidad en Las Relaciones jurídicas contractuales. En Consecuencia, Nuestro párrafo Cóhijo digo dos Elementos CONTRATOS Los de los, salva en CONTRATOS Los Formales:


1º- Sujetos, Con El Consentimiento o agreement de las contradictorio;


2º- Objeto, y


3º- La forma, Cuando fuere prescripta Por la Ley Bajo pena de nulidad. (Art. 673) .-



 

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