lunes, 30 de agosto de 2010

La Prueba confesoria

Prueba confesoria

Confesión: Concepto. Importancia. Requisitos (Subjetivos y Objetivos). Clasificación. Diferencia con la convención, la ratificación y el reconocimiento. Elementos de la confesión.

Absolución de posiciones

Concepto. Carácter personal. Mandatarios. Oportunidad en que pueden solicitarse. Sujetos de la absolución de posiciones. (¿Quiénes pueden ser citados?). Pliego de posiciones: Concepto, contenido y Forma. Reglas. Reserva del pliego. Posiciones verbales. Procedimiento para el examen del absolvente. Forma de la citación. Forma de las contestaciones: Reglas. Negativa a contestar. Contestaciones evasivas. Posición impertinente. Posiciones ampliatorias. Preguntas recíprocas. Inasistencia del ponente. Inasistencia del absolvente: Carga del Absolvente. Ficta confessio. Impugnación del dictamen de la juta médica: Efectos de la declaración de falsedad.

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Teoria General de la Prueba

Teoria General de la Prueba
Video explicativo
Fuente Youtube

Derecho Procesal La Prueba


1.- Concepto:

El concepto de prueba ha sido definido por los autores de diferentes maneras: Es la demostración de la verdad de un hecho realizada por los medios legales. (Carnelutti).
Es la verificación las afirmaciones formuladas en el proceso, conducentes a la sentencia. (Sentís Melendo).
En general dícese de todo aquello que sirve para averiguar un hecho, yendo de lo conocido hacia lo desconocido.
Forma de verificación de la exactitud o error de una proposición (Couture).
Es la verificación judicial por los modos que la ley establece, de la verdad de un hecho controvertido del cual depende el derecho que se pretende (Alsina).
Pruebas:
2.- Importancia:
Todo proceso controvertido requiere, como regla general, la apertura de la causa a prueba, como un modo de garantizar el derecho a la defensa.
Todo derecho nace, se transforma o extingue como consecuencia de un hecho, y a las partes, en primer término y de manera principalísima corresponde producir la prueba de hechos alegados que sean conducentes, para que en la sentencia el juez deduzca el derecho que surja de ellos.

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